Novedades en la reglamentación del transporte de mercancías por carretera

El transporte de mercancías por carretera ha estrenado este verano dos novedades muy importantes: el tacógrafo inteligente de segunda generación y la reforma del Reglamento de vehículos, que eleva de 40 a 44 toneladas la masa máxima autorizada (MMA). De acuerdo con lo dispuesto en el Paquete de Movilidad de la Unión Europea, aprobado en 2020, desde el 19 de agosto de 2025 los vehículos que realicen transporte internacional deberán incorporar un tacógrafo inteligente de segunda generación, lo que afecta a más de un millón de camiones en Europa. En cuanto a la modificación del Reglamento General de Vehículos, se enmarca en el objetivo de mejora de la sostenibilidad del transporte de mercancías por carretera y del funcionamiento de la cadena logística.

transporte de mercancías por carretera

¿Qué vehículos deben instalar el tacógrafo inteligente de segunda generación?

Como parte de la estrategia para mejorar el control de los tiempos de conducción y descanso, aumentar la transparencia en los desplazamientos y reforzar la seguridad vial en el transporte de mercancías por carretera, la UE obliga a instalar tacógrafos inteligentes de segunda generación en todos los vehículos que realicen transporte internacional. En concreto, la medida afecta a:

  • Vehículos matriculados a partir de junio de 2019, equipados con tacógrafo inteligente de primera generación.
  • Vehículos que aún utilizaban tacógrafos analógicos o digitales no inteligentes, que, antes de marzo de 2025, debieron sustituirlos por el de segunda generación para continuar operando internacionalmente.
  • A partir de julio de 2026, también deberán cumplir la normativa los vehículos de transporte ligero (con MMA de entre 2,5 y 3,5 toneladas) que realicen transporte internacional.

Las sanciones por incumplimiento varían en función del país, pero son importantes: en Francia, por ejemplo, contemplan multas de hasta 30.000 euros, la inmovilización del vehículo y hasta un año de prisión para el conductor.

España aumenta hasta las 44 toneladas la MMA en el transporte de mercancías por carretera

Con la publicación el 23 de julio en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de la modificación del Reglamento General de Vehículos, entra en vigor el incremento de la masa máxima autorizada de 40 a 44 toneladas para los conjuntos de vehículos de cinco o más ejes y trenes de carretera compuestos por un vehículo de motor de tres ejes con remolque de dos o tres ejes. En el caso de operaciones de transporte intermodal, el límite se amplía hasta las 46 toneladas.

Otra novedad importante es la simplificación del uso y autorización de los conjuntos euromodulares (conjuntos de vehículos de más de seis líneas de eje), incluidos los Eco Combi (camiones de 32 metros de largo y capacidad de 72 toneladas) y dúo-tráiler (vehículo de más de seis líneas de eje con dos semirremolques, una longitud de 31,7 metros y capacidad de 48 toneladas), que ya no requieren una autorización específica, siempre que cumplan con las restricciones de circulación establecidas por la Jefatura Central de Tráfico.

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